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Legislación › Decreto 2530/1970, de 20 de agosto, por el que se regula el régimen especial de la Seguridad Social de los trabajadores por cuenta propia o autónomos.

Artículo noveno. Personas obligadas.

Comparación entre la redacción en vigor desde el 5 de octubre de 1970 y la del 1 de marzo de 1996. Tachado: lo que se quitó (83 palabras). Subrayado: lo que se añadió (1 palabras). Volver al texto en vigor

Artículo noveno. Personas obligadas.
Uno. Corresponde a las personas incluídas en el campo de aplicación de este régimen especial el cumplimiento con respecto a sí mismas de las obligaciones a que se refiere el artículo sexto del presente Decreto.
Dos. No obstante, responderán subsidiariamente de dicho cumplimiento las personas determinadas en el punto primero del artículo tercero con respecto a sus familiares determinados en el número segundo de igual artículo, y las Compañías a que se refiere el número tercero del mismo con respecto a sus socios.
(Derogado)

Redacciones de este artículo

En vigor desdeLa introdujo
1 de marzo de 1996 En vigor BOE-A-1996-4447 Leer Qué cambió
5 de octubre de 1970 Texto original Leer

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