Legislación › Decreto 2530/1970, de 20 de agosto, por el que se regula el régimen especial de la Seguridad Social de los trabajadores por cuenta propia o autónomos.
Artículo veintrés. Control de la recaudación.
Comparación entre la redacción en vigor desde el 5 de octubre de 1970 y la del 26 de enero de 1996.
Tachado: lo que se quitó (44 palabras). Subrayado: lo que se añadió (1 palabras).
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Artículo veintrés. Control de la recaudación.
El control tanto de los ingresos como de su falta, se efectuará por las Entidades gestoras de este régimen especial de la Seguridad Social, que ejercerán a tales efectos las mismas funciones que las atribuidas al Instituto Nacional de Previsión en el régimen general. (Derogado)
Redacciones de este artículo
| En vigor desde | La introdujo | ||
|---|---|---|---|
| 26 de enero de 1996 En vigor | BOE-A-1996-1579 | Leer | Qué cambió |
| 5 de octubre de 1970 | Texto original | Leer |


