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Legislación › Orden de 24 de septiembre de 1970 por la que se dictan normas para aplicación y desarrollo del Régimen Especial de la Seguridad Social de los trabajadores por cuenta propia o autónomos.

Art. 56. Alcance de la acción protectora.

Art. 56. Alcance de la acción protectora.

1. La acción protectora de este Régimen Especial comprenderá:

a) Prestaciones por invalidez en los grados de incapacidad permanente total para la profesión habitual, incapacidad permanente absoluta para todo trabajo y gran invalidez.

b) Prestación económica por vejez.

c) Prestaciones económicas por muerte y supervivencia.

d) Prestaciones económicas de protección a la familia.

e) Ayuda económica con ocasión de intervención quirúrgica.

f) Asistencia sanitaria a pensionistas.

g) Beneficios de Asistencia Social.

h) Los Servicios Sociales, en atención a contingencias y situaciones especiales.

2. Los requisitos del derecho a las prestaciones y demás beneficios, así como su alcance y cuantía, serán los que se determinan en el presente capítulo.

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