Legislación › Orden de 18 de febrero de 1970 por la que se aprueban los Estatutos generales del Colegio Oficial de Ingenieros Técnicos Aeronáuticos
Artículo 18. Composición.
Artículo 18. Composición.
El Colegio Oficial de Ingenieros Técnicos Aeronáuticos estará regido por una Junta directiva y los Delegados citados en el artículo 12, si en su día éstos fueron creados. La Junta directiva está compuesta por los siguientes miembros: Decano-Presidente Vicedecano, Secretario, Vicesecretario, Contador, Tesorero y como Vocales uno por especialidad aeronáutica.


