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Legislación › Orden de 18 de febrero de 1970 por la que se aprueban los Estatutos generales del Colegio Oficial de Ingenieros Técnicos Aeronáuticos

Artículo 21. Renovación de cargos.

Artículo 21. Renovación de cargos.

La duración de los cargos en la Junta Directiva será de cuatro años renovándose por mitad cada dos, procurando que los cargos de Decano-Presidente y de Secretario correspondan a cada una de las dos mitades a renovar.

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