Legislación › Decreto 569/1970, de 26 de febrero, por el que se aprueba el Reglamento de Montes Vecinales en Mano Común.
Artículo 21.
Artículo 21.
En la tramitación del expediente, el Instructor podrá estar auxiliado por cualquier funcionario del Cuerpo General Técnico de la Administración Civil del Estado con destino en los Servicios Provinciales.


