LexTotal

Legislación › Decreto 569/1970, de 26 de febrero, por el que se aprueba el Reglamento de Montes Vecinales en Mano Común.

Artículo 29.

Artículo 29.

Las resoluciones del Jurado podrán ser impugnadas en vía contencioso-administrativa o ante la jurisdicción ordinaria, según proceda.

← Artículo 28 Índice Sección 4 →