LexTotal

Legislación › Decreto 1867/1970, de 9 de julio, por el que se aprueba el Reglamento General de la Ley 116/1969, de 30 de diciembre, por la que se regula el Régimen Especial de la Seguridad Social de los Trabajadores del Mar.

Art. 55º. Petición y resolución.

Comparación entre la redacción en vigor desde el 31 de julio de 1970 y la del 26 de enero de 1996. Tachado: lo que se quitó (68 palabras). Subrayado: lo que se añadió (1 palabras). Volver al texto en vigor

Art. 55º. Petición y resolución.
Las peticiones de devolución de cuotas se formularán por los empresarios ante la Entidad Gestora, en nombre propio y en el de sus trabajadores. Éstos podrán interesar de su Empresa que formule estas peticiones y presentarlas directamente cuando la misma se negase a hacerlo o hubiese desaparecido.
La devolución no podrá afectar, en ningún caso, a ingresos efectuados a consecuencia de certificaciones de descubierto o actas de liquidación.
(Derogado)

Redacciones de este artículo

En vigor desdeLa introdujo
26 de enero de 1996 En vigor BOE-A-1996-1579 Leer Qué cambió
31 de julio de 1970 Texto original Leer

← Art 54 Índice Art 56 →