Legislación › Decreto 1867/1970, de 9 de julio, por el que se aprueba el Reglamento General de la Ley 116/1969, de 30 de diciembre, por la que se regula el Régimen Especial de la Seguridad Social de los Trabajadores del Mar.
Art. 41º. Pluriempleo.
Comparación entre la redacción en vigor desde el 31 de julio de 1970 y la del 26 de enero de 1996.
Tachado: lo que se quitó (56 palabras). Subrayado: lo que se añadió (1 palabras).
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Art. 41º. Pluriempleo.
En las situaciones de pluriempleo se estará a lo dispuesto en el Régimen General sin perjuicio de las normas específicas que pudieran establecerse en las disposiciones de aplicación y desarrollo de este Reglamento. En todo caso corresponderán a la Entidad Gestora de este Régimen Especial las facultades atribuidas sobre dicha materia al Instituto Nacional de Previsión. (Derogado)
Redacciones de este artículo
| En vigor desde | La introdujo | ||
|---|---|---|---|
| 26 de enero de 1996 En vigor | BOE-A-1996-1579 | Leer | Qué cambió |
| 31 de julio de 1970 | Texto original | Leer |


