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Legislación › Decreto 1867/1970, de 9 de julio, por el que se aprueba el Reglamento General de la Ley 116/1969, de 30 de diciembre, por la que se regula el Régimen Especial de la Seguridad Social de los Trabajadores del Mar.

Art. 41º. Pluriempleo.

Comparación entre la redacción en vigor desde el 31 de julio de 1970 y la del 26 de enero de 1996. Tachado: lo que se quitó (56 palabras). Subrayado: lo que se añadió (1 palabras). Volver al texto en vigor

Art. 41º. Pluriempleo.
En las situaciones de pluriempleo se estará a lo dispuesto en el Régimen General sin perjuicio de las normas específicas que pudieran establecerse en las disposiciones de aplicación y desarrollo de este Reglamento. En todo caso corresponderán a la Entidad Gestora de este Régimen Especial las facultades atribuidas sobre dicha materia al Instituto Nacional de Previsión. (Derogado)

Redacciones de este artículo

En vigor desdeLa introdujo
26 de enero de 1996 En vigor BOE-A-1996-1579 Leer Qué cambió
31 de julio de 1970 Texto original Leer

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