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Legislación › Decreto 1867/1970, de 9 de julio, por el que se aprueba el Reglamento General de la Ley 116/1969, de 30 de diciembre, por la que se regula el Régimen Especial de la Seguridad Social de los Trabajadores del Mar.

Art. 5.º Rederos.

Art. 5.º Rederos.

Los rederos que no realicen sus faenas por cuenta de una Empresa pesquera determinada tendrán la consideración de trabajadores por cuenta propia o autónomos, aun cuando se agrupen con otros para la realización de sus actividades, siempre que no empleen más de cuatro trabajadores a su servicio.

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