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Legislación › Decreto 1867/1970, de 9 de julio, por el que se aprueba el Reglamento General de la Ley 116/1969, de 30 de diciembre, por la que se regula el Régimen Especial de la Seguridad Social de los Trabajadores del Mar.

Art. 66º. Reconocimiento del derecho y pago de prestaciones.

Art. 66º. Reconocimiento del derecho y pago de prestaciones.

El Instituto Social de la Marina reconocerá el derecho a las prestaciones reguladas en el presente Capítulo y efectuará el pago de las mismas, directamente o a través de las Empresas que colaboren en la gestión, y de la Organización de Trabajos Portuarios, en su carácter de empresario, en la forma y con las condiciones establecidas en el Régimen General, o bien por medio de las Entidades Sindicales.

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