LexTotal

Legislación › Instrumento de Ratificación del Convenio General entre el Gobierno Español y el Gobierno de Portugal sobre Seguridad Social, firmado en Madrid el día 11 de junio de 1969.

Artículo 36.

Artículo 36.

1. El presente Convenio será ratificado y los instrumentos de Ratificación se canjearán en Lisboa lo antes posible.

2. Entrará en vigor el primer día del segundo mes siguiente al del Canje de los Instrumentos de Ratificación.

← Artículo 35 Índice