Legislación › Decreto 2095/1971, de 13 de agosto, por el que se regulan las facultades y competencias profesionales de los Ingenieros Técnicos de especialidades forestales.
Artículo 3.
Artículo 3.
Los Ingenieros Técnicos Forestales que ejerzan sus actividades por su situación de funcionarios en la Administración continuarán con las competencias y atribuciones concedidas por los Reglamentos respectivos.


