LexTotal

Legislación › Orden de 27 de julio de 1972 por la que se reglamentan los vinos espumosos naturales y los vinos gasificados.

Artículo 6.

Artículo 6.

De acuerdo con el artículo 23 de la Ley 25/1970, el vino gasificado es el vino al que se ha incorporado la totalidad o parte del gas carbónico que contiene.

← Artículo 5 Índice Artículo 7 →