Legislación › Decreto 801/1972, de 24 de marzo, sobre ordenación de la actividad de la Administración del Estado en materia de Tratados Internacionales.
Artículo treinta y uno.
Artículo treinta y uno.
Asimismo se publicará en el «Boletín Oficial del Estado», a continuación de los textos señalados en los artículos veintinueve y treinta, una comunicación suscrita por el Secretario general técnico del Ministerio de Asuntos Exteriores, en la que se indique la fecha en que el tratado obliga a España y debe, por tanto, procederse a su aplicación.


