Legislación › Decreto 801/1972, de 24 de marzo, sobre ordenación de la actividad de la Administración del Estado en materia de Tratados Internacionales.
Artículo veintiséis.
Artículo veintiséis.
La comunicación por la que, de conformidad con el apartado uno del artículo veinticuatro, se remite a las Cortes el tratado, contendrá los extremos mencionados en los apartados uno a tres del artículo veinte.


