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Legislación › Orden de 16 de junio de 1972 por la que se aprueban los Estatutos del Colegio Oficial de Ingenieros Técnicos en Topografía.

Art. 2. Régimen del ejercicio.

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Art. 2.
La Presidencia del Gobierno, a propuesta
Régimen del Colegio Oficial ejercicio.
El ejercicio
de Ingenieros Técnicos en Topografía, podrá autorizar la creación profesión de las Delegaciones periféricas que sean necesarias para que ingeniero técnico en las localidades topografía se realizará en régimen de libre competencia y estará sujeto, en cuanto a la oferta de servicios y fijación de su ámbito territorial representen al Colegio. Estas Delegaciones comprenderán una o varias provincias.. remuneración, a la Ley 16/1989, de 17 de julio, sobre Defensa de la Competencia, modificada por la Ley 52/1999, de 28 de diciembre, y Ley 3/1991, de 10 de enero, sobre Competencia Desleal. Los demás aspectos del ejercicio profesional continuarán rigiéndose por la legislación general y específica sobre la ordenación sustantiva propia de la profesión.

Redacciones de este artículo

En vigor desdeLa introdujo
19 de julio de 2001 En vigor BOE-A-2001-13863 Leer Qué cambió
16 de julio de 1972 Texto original Leer

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