Legislación › Decreto 118/1973, de 12 de enero, por el que se aprueba el texto de la Ley de Reforma y Desarrollo Agrario.
Artículo 272.
Comparación entre la redacción en vigor desde el 23 de febrero de 1973 y la del 25 de julio de 1995.
Tachado: lo que se quitó (59 palabras). Subrayado: lo que se añadió (1 palabras).
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Artículo 272.
Para la concesión del título de «Explotación agraria ejemplar» se instruirá un expediente, en el que deberá constar la comprobación de las condiciones exigibles a éstas. En el expediente que se instruya será preceptivo el informe de la Organización Sindical. Una vez aprobado por el Ministerio de Agricultura, motivará la inscripción de la explotación en el Registro especial correspondiente. (Derogado)
Redacciones de este artículo
| En vigor desde | La introdujo | ||
|---|---|---|---|
| 25 de julio de 1995 En vigor | BOE-A-1995-16257 | Leer | Qué cambió |
| 23 de febrero de 1973 | Texto original | Leer |


