Legislación › Decreto 3772/1972, de 23 de diciembre, por el que se aprueba el Reglamento General del Régimen Especial Agrario de la Seguridad Social.
Art. 24. Conservación de documentación por los trabajadores por cuenta propia.
Comparación entre la redacción en vigor desde el 20 de febrero de 1973 y la del 1 de marzo de 1996.
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Art. 24. Conservación de documentación por los trabajadores por cuenta propia.
Los trabajadores por cuenta propia, sin perjuicio de las obligaciones que como empresarios tengan conforme al artículo anterior, deberán conservar durante el plazo que en el mismo se señala la documentación que se especifica en sus apartados a) y c), por lo que se refiere a ellos mismos y a sus familiares que tengan también la consideración de trabajadores por cuenta propia por trabajar en la explotación familiar. (Derogado)
Redacciones de este artículo
| En vigor desde | La introdujo | ||
|---|---|---|---|
| 1 de marzo de 1996 En vigor | BOE-A-1996-4447 | Leer | Qué cambió |
| 20 de febrero de 1973 | Texto original | Leer |


