LexTotal

Legislación › Decreto 3772/1972, de 23 de diciembre, por el que se aprueba el Reglamento General del Régimen Especial Agrario de la Seguridad Social.

Art. 36. Recaudación en vía ejecutiva.

Comparación entre la redacción en vigor desde el 20 de febrero de 1973 y la del 26 de enero de 1996. Tachado: lo que se quitó (22 palabras). Subrayado: lo que se añadió (1 palabras). Volver al texto en vigor

Art. 36. Recaudación en vía ejecutiva.
Para la recaudación en vía ejecutiva se estará a lo establecido sobre esta materia en el Régimen General de la Seguridad Social. (Derogado)

Redacciones de este artículo

En vigor desdeLa introdujo
26 de enero de 1996 En vigor BOE-A-1996-1579 Leer Qué cambió
20 de febrero de 1973 Texto original Leer

← Art 35 Índice Art 37 →