Legislación › Ley 1/1973 de 1 de marzo, por la que se aprueba la Compilación del Derecho Civil Foral de Navarra.
Ley 114.
Comparación entre la redacción en vigor desde el 3 de abril de 1973 y la del 16 de octubre de 2019.
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Ley 114. Aceptación
Las donaciones «propter nuptias» requieren la aceptación del donatario, en la misma escritura Liquidación de sociedad conyugal o en comunidad de bienes de anterior matrimonio o pareja estable. El progenitor que contrajere segundo o ulterior matrimonio o constituyere pareja estable con otra separada. persona deberá practicar, conjuntamente con sus hijos o descendientes de matrimonio o pareja estable anterior disueltos por fallecimiento del
La aceptación podrá hacerse en vidadonante cónyuge o después conviviente, la liquidación de su fallecimiento. la sociedad conyugal o
El donantesus comunidad de bienes disuelta y hacerles entrega formal y efectiva de los bienes que les correspondan cuando tales hijos o descendientes sean herederos podrán revocar la donación o legatarios de cuya aceptación parte alícuota del premuerto.
Los hijos menores no tengan conocimiento, a emancipados serán representados por el defensor judicial.
Derechos de los hijos de la anterior unión. Si antes de contraer matrimonio o de constituir pareja estable, los progenitores no ser hubiere cumplido la obligación que le impone el requerimiento que hicieren por acta notarial al donatario fuera seguido apartado anterior, los hijos o descendientes del matrimonio o de la aceptación pareja estable anterior podrán exigir la liquidación y reclamar lo que les correspondiera por éste. los incrementos patrimoniales o ganancias producidos por sus bienes en la nueva sociedad conyugal o comunidad de bienes.
Lo dispuesto en esta ley se observará siempre que el régimen de bienes del nuevo matrimonio o pareja estable sea de comunidad de bienes.
Redacciones de este artículo
| En vigor desde | La introdujo | ||
|---|---|---|---|
| 16 de octubre de 2019 En vigor | BOE-A-2019-8512 | Leer | Qué cambió |
| 3 de abril de 1973 | Texto original | Leer |


