Legislación › Ley 1/1973 de 1 de marzo, por la que se aprueba la Compilación del Derecho Civil Foral de Navarra.
Ley 126.
Comparación entre la redacción en vigor desde el 8 de enero de 1976 y la del 3 de abril de 1973.
Tachado: lo que se quitó (46 palabras). Subrayado: lo que se añadió (7 palabras).
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Ley CIENTO VEINTISÉIS. 126. Disposición a) ínter vivos mortis causa
Por actos ínter vivos, la La mujer puede disponer de las arras conforme a lo que, para la dote, se establece en la Ley ciento veintiuno, número cinco). mortis causa
b) de
Son válidos los actosdisposición mortis causa sobre las arras otorgados por la mujer, arras, aunque ésta falleciere fallezca sin hijos y sobreviviere sobreviva al marido.
Redacciones de este artículo
| En vigor desde | La introdujo | ||
|---|---|---|---|
| 16 de octubre de 2019 En vigor | BOE-A-2019-8512 | Leer | Qué cambió |
| 26 de abril de 1987 | BOE-A-1987-13331 | Leer | Qué cambió |
| 3 de abril de 1973 | Texto original | Leer | Qué cambió |
| 8 de enero de 1976 | BOE-A-1976-400 | Leer |


