Legislación › Ley 1/1973 de 1 de marzo, por la que se aprueba la Compilación del Derecho Civil Foral de Navarra.
Ley 126.
Comparación entre la redacción en vigor desde el 3 de abril de 1973 y la del 26 de abril de 1987.
Tachado: lo que se quitó (8 palabras). Subrayado: lo que se añadió (41 palabras).
Volver al texto en vigor
Ley 126. Disposición mortis causa
La a) Intervivos.-Por actos intervivos la mujer puede disponer mortis causa de las arras, conforme a lo que para la dote se establece en la Ley 120, número 4.
b) Mortis causa.-Son válidos los actos de disposición mortis causa sobre las arras otorgados por la mujer, aunque fallezca ésta falleciere sin hijos y sobreviva sobreviviere al marido. mando.
Redacciones de este artículo
| En vigor desde | La introdujo | ||
|---|---|---|---|
| 16 de octubre de 2019 En vigor | BOE-A-2019-8512 | Leer | Qué cambió |
| 26 de abril de 1987 | BOE-A-1987-13331 | Leer | Qué cambió |
| 3 de abril de 1973 | Texto original | Leer | Qué cambió |
| 8 de enero de 1976 | BOE-A-1976-400 | Leer |


