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Legislación › Ley 1/1973 de 1 de marzo, por la que se aprueba la Compilación del Derecho Civil Foral de Navarra.

Ley 156.

Comparación entre la redacción en vigor desde el 3 de abril de 1973 y la del 26 de abril de 1987. Tachado: lo que se quitó (26 palabras). Subrayado: lo que se añadió (24 palabras). Volver al texto en vigor

Ley 156. Principio de familia legítima
A menos b) Efectos
El renunciante quedará excluido de la sucesión deferida por la ley; no obstante, podrá aceptar las disposiciones
que expresamente se establezca otra cosa, en toda disposición a título lucrativo será aplicable lo dispuesto en la ley setenta y dos. su favor ordenare el causante.

Redacciones de este artículo

En vigor desdeLa introdujo
16 de octubre de 2019 En vigor BOE-A-2019-8512 Leer Qué cambió
26 de abril de 1987 BOE-A-1987-13331 Leer Qué cambió
3 de abril de 1973 Texto original Leer

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