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Legislación › Ley 1/1973 de 1 de marzo, por la que se aprueba la Compilación del Derecho Civil Foral de Navarra.

Ley 156.

Comparación entre la redacción en vigor desde el 26 de abril de 1987 y la del 16 de octubre de 2019. Tachado: lo que se quitó (22 palabras). Subrayado: lo que se añadió (18 palabras). Volver al texto en vigor

Ley 156.
b) Efectos
El renunciante quedará excluido de
Renuncia a la sucesión deferida por herencia futura. Forma. Es válida la ley; no obstante, podrá aceptar las disposiciones renuncia o transacción sobre herencia futura siempre que se otorgue en su favor ordenare el causante. escritura pública.

Redacciones de este artículo

En vigor desdeLa introdujo
16 de octubre de 2019 En vigor BOE-A-2019-8512 Leer Qué cambió
26 de abril de 1987 BOE-A-1987-13331 Leer Qué cambió
3 de abril de 1973 Texto original Leer

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