Legislación › Ley 1/1973 de 1 de marzo, por la que se aprueba la Compilación del Derecho Civil Foral de Navarra.
Ley 170.
Comparación entre la redacción en vigor desde el 3 de abril de 1973 y la del 16 de octubre de 2019.
Tachado: lo que se quitó (24 palabras). Subrayado: lo que se añadió (68 palabras).
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Ley 170. Toma de posesión
Los bienes donados mortis causa Ineficacia sobrevenida y por frustración. Cuando no forman parte se haya dispuesto otra cosa, las donaciones “mortis causa” devendrán ineficaces sin necesidad de la herencia, y formalidad alguna si el donatario podrá tomar posesión muere en vida del donante, salvo el derecho de ellos sin intervención representación de los herederos o albaceas del donante. descendientes de aquel.
Serán también ineficaces sin necesidad de más formalidades cuando claramente se hubiere supeditado la donación a la muerte esperada por el donante en una determinada ocasión, si este no falleciere en el momento previsto.
Redacciones de este artículo
| En vigor desde | La introdujo | ||
|---|---|---|---|
| 16 de octubre de 2019 En vigor | BOE-A-2019-8512 | Leer | Qué cambió |
| 3 de abril de 1973 | Texto original | Leer |


