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Legislación › Ley 1/1973 de 1 de marzo, por la que se aprueba la Compilación del Derecho Civil Foral de Navarra.

Ley 188.

Comparación entre la redacción en vigor desde el 3 de abril de 1973 y la del 16 de octubre de 2019. Tachado: lo que se quitó (26 palabras). Subrayado: lo que se añadió (17 palabras). Volver al texto en vigor

Ley 188.
Testamento ante Notario
Los
notario. Cuando se trate de testamentos abiertos otorgados ante Notario requieren la intervención de dos testigos.
Los testamentos cerrados autorizados por Notario requieren la intervención de siete testigos.
En lo demás
notario se aplicarán las disposiciones del Código civil. Civil en lo que no esté previsto en las leyes anteriores.

Redacciones de este artículo

En vigor desdeLa introdujo
16 de octubre de 2019 En vigor BOE-A-2019-8512 Leer Qué cambió
3 de abril de 1973 Texto original Leer

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