Legislación › Ley 1/1973 de 1 de marzo, por la que se aprueba la Compilación del Derecho Civil Foral de Navarra.
Ley 188.
Comparación entre la redacción en vigor desde el 3 de abril de 1973 y la del 16 de octubre de 2019.
Tachado: lo que se quitó (26 palabras). Subrayado: lo que se añadió (17 palabras).
Volver al texto en vigor
Ley 188.
Testamento ante Notario notario. Cuando se trate de testamentos
Losabiertos otorgados ante Notario requieren la intervención de dos testigos. notario se aplicarán las disposiciones del Código
Los testamentos cerrados autorizados por Notario requieren la intervención de siete testigos.
En lo demáscivil. Civil en lo que no esté previsto en las leyes anteriores.
Redacciones de este artículo
| En vigor desde | La introdujo | ||
|---|---|---|---|
| 16 de octubre de 2019 En vigor | BOE-A-2019-8512 | Leer | Qué cambió |
| 3 de abril de 1973 | Texto original | Leer |


