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Legislación › Ley 1/1973 de 1 de marzo, por la que se aprueba la Compilación del Derecho Civil Foral de Navarra.

Ley 20.

Comparación entre la redacción en vigor desde el 3 de abril de 1973 y la del 16 de octubre de 2019. Tachado: lo que se quitó (33 palabras). Subrayado: lo que se añadió (26 palabras). Volver al texto en vigor

Ley 20. Silencio u omisión
El silencio o la omisión no se considerarán como declaración Vicios de voluntad, a no ser que así deba interpretarse conforme a la Ley, la costumbre voluntad. Son anulables las declaraciones viciadas por error, dolo o los usos, violencia física o lo convenido entre las partes. moral graves, pero no podrá alegarse el error inexcusable de hecho o de Derecho.

Redacciones de este artículo

En vigor desdeLa introdujo
16 de octubre de 2019 En vigor BOE-A-2019-8512 Leer Qué cambió
3 de abril de 1973 Texto original Leer

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