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Legislación › Ley 1/1973 de 1 de marzo, por la que se aprueba la Compilación del Derecho Civil Foral de Navarra.

Ley 280.

Comparación entre la redacción en vigor desde el 3 de abril de 1973 y la del 16 de octubre de 2019. Tachado: lo que se quitó (14 palabras). Subrayado: lo que se añadió (8 palabras). Volver al texto en vigor

Ley 280.
Reversión en casos especiales
especiales. Si se tratare de bienes que el causante hubiere adquirido por donación «propter nuptias», dote para la familia o dotación, se estará a lo especialmente dispuesto en las leyes ciento dieciséis, ciento veintitrés y ciento treinta 124 y cinco, párrafo segundo. 138 apartado c).

Redacciones de este artículo

En vigor desdeLa introdujo
16 de octubre de 2019 En vigor BOE-A-2019-8512 Leer Qué cambió
3 de abril de 1973 Texto original Leer

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