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Legislación › Ley 1/1973 de 1 de marzo, por la que se aprueba la Compilación del Derecho Civil Foral de Navarra.

Ley 29.

Comparación entre la redacción en vigor desde el 3 de abril de 1973 y la del 16 de octubre de 2019. Tachado: lo que se quitó (33 palabras). Subrayado: lo que se añadió (34 palabras). Volver al texto en vigor

Ley 29. b) préstamos
En los préstamos con interés, la Censos. La acción personal para reclamar el capital la pensión censal prescribe a los diez años, y la cinco años.
El plazo
de los intereses, a los cinco. Si el préstamo fuere sin interés, prescripción se aplicará lo dispuesto computará desde el momento en que sea exigible su pago. Se extingue por prescripción el censo transcurridos diez años sin reclamarse por el censualista la ley treinta y nueve. pensión.

Redacciones de este artículo

En vigor desdeLa introdujo
16 de octubre de 2019 En vigor BOE-A-2019-8512 Leer Qué cambió
3 de abril de 1973 Texto original Leer

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