Legislación › Ley 1/1973 de 1 de marzo, por la que se aprueba la Compilación del Derecho Civil Foral de Navarra.
Ley 352.
Ley 352.
Cosas fungibles. Las cosas se determinan por su individualidad especifica o por la cantidad del género a que pertenecen; estas últimas se llaman cosas fungibles.
Cosas consumibles. Son consumibles aquellas cosas de las que no se puede hacer uso apropiado sin consumirlas de hecho o perder su propiedad.


