Legislación › Ley 1/1973 de 1 de marzo, por la que se aprueba la Compilación del Derecho Civil Foral de Navarra.
Ley 358.
Ley 358.
Bienes de entidades públicas. No se requiere transcurso de tiempo para la adquisición de las cosas recibidas de instituciones del Estado o de entidades públicas.


