Legislación › Ley 1/1973 de 1 de marzo, por la que se aprueba la Compilación del Derecho Civil Foral de Navarra.
Ley 39.
Comparación entre la redacción en vigor desde el 3 de abril de 1973 y la del 16 de octubre de 2019.
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Ley 39. Prescripción general.
a) Cómputo de acciones personales los
Las acciones personales que no tengan establecido otro plazo especial prescriben atreinta años, con independencia del plazo de prescripción propio plazos. Los plazos de la garantía real que caducidad señalados por meses o años se hubiere constituido. contarán de
b)acciones reales fecha a
Las acciones reales que no tengan establecido plazo especial sólo prescribenconsecuencia de la usucapión con la que resulten incompatibles. fecha.
Redacciones de este artículo
| En vigor desde | La introdujo | ||
|---|---|---|---|
| 16 de octubre de 2019 En vigor | BOE-A-2019-8512 | Leer | Qué cambió |
| 3 de abril de 1973 | Texto original | Leer |


