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Legislación › Ley 1/1973 de 1 de marzo, por la que se aprueba la Compilación del Derecho Civil Foral de Navarra.

Ley 39.

Comparación entre la redacción en vigor desde el 3 de abril de 1973 y la del 16 de octubre de 2019. Tachado: lo que se quitó (55 palabras). Subrayado: lo que se añadió (13 palabras). Volver al texto en vigor

Ley 39. Prescripción general.
a) Cómputo de acciones personales
Las acciones personales que no tengan establecido otro plazo especial prescriben a
los treinta años, con independencia del plazo de prescripción propio plazos. Los plazos de la garantía real que caducidad señalados por meses o años se hubiere constituido.
b)
contarán de acciones reales
Las acciones reales que no tengan establecido plazo especial sólo prescriben
fecha a consecuencia de la usucapión con la que resulten incompatibles. fecha.

Redacciones de este artículo

En vigor desdeLa introdujo
16 de octubre de 2019 En vigor BOE-A-2019-8512 Leer Qué cambió
3 de abril de 1973 Texto original Leer

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