Legislación › Ley 1/1973 de 1 de marzo, por la que se aprueba la Compilación del Derecho Civil Foral de Navarra.
Ley 400.
Comparación entre la redacción en vigor desde el 3 de abril de 1973 y la del 16 de octubre de 2019.
Tachado: lo que se quitó (7 palabras). Subrayado: lo que se añadió (9 palabras).
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Ley 400.
Ampliación de servidumbre servidumbre. Cuando una servidumbre de paso llegare a ser insuficiente por para las necesidades de predio la finca dominante, el dueño de éste este podrá pedir la ampliación en la medida en que tales necesidades lo exigieren, siempre que el estado del predio de la finca sirviente lo permita sin grave perjuicio perjuicio, y mediante abono de la justa indemnización.
Redacciones de este artículo
| En vigor desde | La introdujo | ||
|---|---|---|---|
| 16 de octubre de 2019 En vigor | BOE-A-2019-8512 | Leer | Qué cambió |
| 3 de abril de 1973 | Texto original | Leer |


