Legislación › Ley 1/1973 de 1 de marzo, por la que se aprueba la Compilación del Derecho Civil Foral de Navarra.
Ley 475.
Comparación entre la redacción en vigor desde el 3 de abril de 1973 y la del 16 de octubre de 2019.
Tachado: lo que se quitó (19 palabras). Subrayado: lo que se añadió (9 palabras).
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Ley 475.
Garantía mediante venta con pacto de retro retro. El cumplimiento de una obligación dineraria puede garantizarse mediante venta con pacto de retro o a carta de gracia, reservándose el deudor el derecho a retraer la cosa vendida al satisfacer o extinguir la obligación.
Presunción. Régimen Régimen. La venta con pacto de retro o a carta de gracia se considerará considerara garantía real no sólo solo cuando expresamente se estableciese en el título, sino también cuando así resulte del contrato o deba presumirse conforme a la Ley quinientas ochenta y cuatro, ley 583, y le serán aplicables las disposiciones de este capítulo y de las leyes quinientos setenta y ocho, quinientos setenta y nueve 577, 578 y quinientos ochenta. 579.
Redacciones de este artículo
| En vigor desde | La introdujo | ||
|---|---|---|---|
| 16 de octubre de 2019 En vigor | BOE-A-2019-8512 | Leer | Qué cambió |
| 3 de abril de 1973 | Texto original | Leer |


