Legislación › Ley 1/1973 de 1 de marzo, por la que se aprueba la Compilación del Derecho Civil Foral de Navarra.
Ley 489.
Comparación entre la redacción en vigor desde el 3 de abril de 1973 y la del 16 de octubre de 2019.
Tachado: lo que se quitó (4 palabras). Subrayado: lo que se añadió (7 palabras).
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Ley 489.
Nulidad, anulabilidad y rescindibilidad rescindibilidad. Las obligaciones serán nulas, anulables o rescindibles conforme a lo dispuesto en la ley diecinueve. las leyes 19, 20 y 21.
Redacciones de este artículo
| En vigor desde | La introdujo | ||
|---|---|---|---|
| 16 de octubre de 2019 En vigor | BOE-A-2019-8512 | Leer | Qué cambió |
| 3 de abril de 1973 | Texto original | Leer |


