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Legislación › Ley 1/1973 de 1 de marzo, por la que se aprueba la Compilación del Derecho Civil Foral de Navarra.

Ley 527.

Comparación entre la redacción en vigor desde el 3 de abril de 1973 y la del 16 de octubre de 2019. Tachado: lo que se quitó (28 palabras). Subrayado: lo que se añadió (51 palabras). Volver al texto en vigor

Ley 527. Incapacidades
No pueden ser Solvencia. Cuando legal, judicial o convencionalmente se exija la presentación de fiadores y el acreedor no estime solventes los religiosos profesos que, por razón que el deudor presente, el juez decidirá acerca de sus votos, carezcan notoriamente la solvencia de patrimonio.
Los fiadores no pueden actuar como abogados
los fiadores, a petición de cualquiera de la partes en las causas el procedimiento declarativo que les afecten por razón corresponda sin perjuicio de lo dispuesto en la garantía. ley 494 cuando resulte de aplicación.

Redacciones de este artículo

En vigor desdeLa introdujo
16 de octubre de 2019 En vigor BOE-A-2019-8512 Leer Qué cambió
3 de abril de 1973 Texto original Leer

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