LexTotal

Legislación › Ley 1/1973 de 1 de marzo, por la que se aprueba la Compilación del Derecho Civil Foral de Navarra.

Ley 533.

Comparación entre la redacción en vigor desde el 3 de abril de 1973 y la del 16 de octubre de 2019. Tachado: lo que se quitó (28 palabras). Subrayado: lo que se añadió (76 palabras). Volver al texto en vigor

Ley 533. Reconocimiento de préstamo
Quien ha reconocido en un documento haber recibido una cantidad en préstamo, quedará obligado a Interés. En el préstamo de dinero se pueden estipular intereses dentro de los límites lícitos; si no se determina la restitución, salvo cuantía de los intereses, sólo se devengarán los legales, y, a falta de estipulación de intereses, se devengarán los legales desde que impugne el documento y pruebe la inexistencia deudor se haya constituido en mora.
Nulidad parcial del pacto
de la entrega. interés. El pacto de intereses remuneratorios o moratorios ilícitos o abusivos es nulo de pleno derecho, manteniéndose el resto de plazos, condiciones y garantías del préstamo.

Redacciones de este artículo

En vigor desdeLa introdujo
16 de octubre de 2019 En vigor BOE-A-2019-8512 Leer Qué cambió
3 de abril de 1973 Texto original Leer

← Ley 532 Índice Ley 534 →