Legislación › Ley 1/1973 de 1 de marzo, por la que se aprueba la Compilación del Derecho Civil Foral de Navarra.
Ley 547.
Comparación entre la redacción en vigor desde el 3 de abril de 1973 y la del 16 de octubre de 2019.
Tachado: lo que se quitó (2 palabras). Subrayado: lo que se añadió (4 palabras).
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Ley 547. Constitución
Contrato de depósito. El depósito se constituye por la entrega de una cosa mueble a una persona que la recibe para su custodia.
La promesa de recibir una cosa en depósito obliga al promitente a título de estipulación.
Gratuidad Gratuidad. A falta de acuerdo sobre su onerosidad, el depósito se entiende gratuito; sin embargo, cuando el depositario se dedique habitualmente a esta clase de operaciones, se presumirá oneroso.
Redacciones de este artículo
| En vigor desde | La introdujo | ||
|---|---|---|---|
| 16 de octubre de 2019 En vigor | BOE-A-2019-8512 | Leer | Qué cambió |
| 3 de abril de 1973 | Texto original | Leer |


