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Legislación › Ley 1/1973 de 1 de marzo, por la que se aprueba la Compilación del Derecho Civil Foral de Navarra.

Ley 56. Acciones de impugnación.

Comparación entre la redacción en vigor desde el 3 de abril de 1973 y la del 8 de enero de 1976. Tachado: lo que se quitó (84 palabras). Subrayado: lo que se añadió (23 palabras). Volver al texto en vigor

Ley 56. Disposición por actos mortis causa
Por actos mortis causa, cada uno de los cónyuges puede disponer
Comunidad universal y separación de sus respectivos bienes privativos e incluso de la parte que a la disolución
En el régimen
de la sociedad conyugal le corresponda comunidad universal y en los bienes el de conquista.
Cuando se disponga
separación de bienes determinados que sean de conquista, se observará estará a lo que para el legado se establece dispuesto, respectivamente, en la ley 251.
Si la mujer dispusiese por donación mortis causa o por pacto sucesorio, con entrega actual de bienes, necesitará licencia del marido, salvo que se hubiese pactado el régimen de separación.
las Leyes ciento uno y ciento tres.

Redacciones de este artículo

En vigor desdeLa introdujo
16 de diciembre de 2022 En vigor BOE-A-2022-22470 Leer Qué cambió
16 de octubre de 2019 BOE-A-2019-8512 Leer Qué cambió
8 de enero de 1976 BOE-A-1976-400 Leer Qué cambió
3 de abril de 1973 Texto original Leer

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