Legislación › Ley 1/1973 de 1 de marzo, por la que se aprueba la Compilación del Derecho Civil Foral de Navarra.
Ley 583.
Comparación entre la redacción en vigor desde el 3 de abril de 1973 y la del 16 de octubre de 2019.
Tachado: lo que se quitó (15 palabras). Subrayado: lo que se añadió (50 palabras).
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Ley 583. Prescripción
En la Carta de gracia como garantía. La venta con pacto de retro o a carta de gracia por tiempo indefinido o «para perpetuo», determinado se presumirá como forma de garantía real siempre que el vendedor continúe por cualquier título en posesión de la acción para retraer prescribirá a los treinta años. cosa; en este caso, le serán aplicables las disposiciones del capítulo IV del título VII del libro III.
Redacciones de este artículo
| En vigor desde | La introdujo | ||
|---|---|---|---|
| 16 de octubre de 2019 En vigor | BOE-A-2019-8512 | Leer | Qué cambió |
| 3 de abril de 1973 | Texto original | Leer |


