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Legislación › Ley 1/1973 de 1 de marzo, por la que se aprueba la Compilación del Derecho Civil Foral de Navarra.

Ley 583.

Comparación entre la redacción en vigor desde el 3 de abril de 1973 y la del 16 de octubre de 2019. Tachado: lo que se quitó (15 palabras). Subrayado: lo que se añadió (50 palabras). Volver al texto en vigor

Ley 583. Prescripción
En la Carta de gracia como garantía. La venta con pacto de retro o a carta de gracia por tiempo indefinido o «para perpetuo», determinado se presumirá como forma de garantía real siempre que el vendedor continúe por cualquier título en posesión de la acción para retraer prescribirá a los treinta años. cosa; en este caso, le serán aplicables las disposiciones del capítulo IV del título VII del libro III.

Redacciones de este artículo

En vigor desdeLa introdujo
16 de octubre de 2019 En vigor BOE-A-2019-8512 Leer Qué cambió
3 de abril de 1973 Texto original Leer

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