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Legislación › Ley 1/1973 de 1 de marzo, por la que se aprueba la Compilación del Derecho Civil Foral de Navarra.

Ley 76. Defensor judicial.

Comparación entre la redacción en vigor desde el 8 de enero de 1976 y la del 26 de abril de 1987. Tachado: lo que se quitó (0 palabras). Subrayado: lo que se añadió (43 palabras). Volver al texto en vigor

Ley 76. Actos jurídicos entre cónyuges
Los cónyuges podrán celebrar entre sí toda clase de estipulaciones, contratos y donaciones.
Revocación
Las donaciones otorgadas entre cónyuges o prometidos podrán ser revocadas por el cónyuge no culpable cuando el donatario incurra en causa de desheredación del artículo 855 del Código Civil o cuando le sea imputable alguna de las causas de separación o divorcio.

Redacciones de este artículo

En vigor desdeLa introdujo
16 de diciembre de 2022 En vigor BOE-A-2022-22470 Leer Qué cambió
16 de octubre de 2019 BOE-A-2019-8512 Leer Qué cambió
26 de abril de 1987 BOE-A-1987-13331 Leer Qué cambió
8 de enero de 1976 BOE-A-1976-400 Leer Qué cambió
3 de abril de 1973 Texto original Leer

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