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Legislación › Ley 1/1973 de 1 de marzo, por la que se aprueba la Compilación del Derecho Civil Foral de Navarra.

Ley 79.

Comparación entre la redacción en vigor desde el 8 de enero de 1976 y la del 16 de octubre de 2019. Tachado: lo que se quitó (34 palabras). Subrayado: lo que se añadió (230 palabras). Volver al texto en vigor

Ley 79. Forma
Son nulas las capitulaciones matrimoniales Consentimientos, asentimientos y apoderamientos entre los cónyuges. En los actos en los que, por pacto o por ley, se requiera el consentimiento de ambos cónyuges o el asentimiento de uno al acto del otro, cada uno de ellos puede otorgarlo en términos generales o para uno o varios actos.
Será revocable el consentimiento o el asentimiento otorgado con carácter previo al acto de
que no se otorguen trate, debiendo observarse lo dispuesto en escritura pública. Siempre la ley 86 cuando el otorgamiento hubiera tenido lugar en capitulaciones matrimoniales.
Los cónyuges podrán otorgarse poderes de manera unilateral o recíproca y con las facultades
que contengan donaciones tengan por conveniente. El poder podrá ser en términos generales o para uno o varios actos y será siempre revocable aun cuando hubiera sido otorgado en capitulaciones matrimoniales.
Suplencia judicial. En los actos a los que se refiere el párrafo primero
de terceros la presente ley, el consentimiento o asentimiento de un cónyuge podrá ser suplido, a favor petición del otro, por el Juez, quien resolverá en procedimiento de alguno Jurisdicción Voluntaria.
Confirmación. Los actos realizados por uno
de los cónyuges, cónyuges sin el necesario consentimiento o de éstos entre sí, los bienes objeto asentimiento del otro o de la donación deberán suplencia judicial podrán ser descritos en la misma escritura confirmados por el cónyuge cuya intervención se omitió o por rolde sus herederos, pero únicamente serán válidos si aquel o inventario incorparado. estos no los impugnaren dentro del plazo de cuatro años desde la separación legal o la disolución del matrimonio.
Se exceptúan las disposiciones de bienes comunes a título gratuito que podrán ser impugnadas en cualquier momento.

Redacciones de este artículo

En vigor desdeLa introdujo
16 de octubre de 2019 En vigor BOE-A-2019-8512 Leer Qué cambió
8 de enero de 1976 BOE-A-1976-400 Leer Qué cambió
3 de abril de 1973 Texto original Leer

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