Legislación › Ley 1/1973 de 1 de marzo, por la que se aprueba la Compilación del Derecho Civil Foral de Navarra.
Disposición final segunda. Revisión.
Comparación entre la redacción en vigor desde el 3 de abril de 1973 y la del 26 de abril de 1987.
Tachado: lo que se quitó (61 palabras). Subrayado: lo que se añadió (1 palabras).
Volver al texto en vigor
Disposición final segunda. Revisión.
La Comisión Compiladora elevará cada diez años a la Diputación Foral de Navarra un informe comprensivo de las dudas y dificultades que se hayan originado en la aplicación de esta Compilación, así como de las omisiones y deficiencias posibles, con indicación de las correcciones que estime necesarias. En todo caso, para cualquier modificación, será necesario el informe de la Comisión Compiladora. (Suprimida)
Redacciones de este artículo
| En vigor desde | La introdujo | ||
|---|---|---|---|
| 26 de abril de 1987 En vigor | BOE-A-1987-13331 | Leer | Qué cambió |
| 3 de abril de 1973 | Texto original | Leer |


