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Legislación › Ley 1/1973 de 1 de marzo, por la que se aprueba la Compilación del Derecho Civil Foral de Navarra.

Disposición transitoria tercera. Usufructo de fidelidad.

Disposición transitoria tercera. Usufructo de fidelidad.

No se aplicará lo dispuesto en la Ley doscientos cincuenta y seis respecto al usufructo de fidelidad a favor del cónyuge viudo de segundas o ulteriores nupcias si, con anterioridad a esta Compilación, se hubiere formalizado inventario sin oposición de los nudo propietarios.

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