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Legislación › Orden de 25 de abril de 1973 por la que se aprueba el Reglamento para el Ejercicio de Actividades Subacuáticas en las Aguas Marítimas e Interiores.

Artículo 1.

Artículo 1.

La expedición y registro de los títulos de buceo, profesionales y deportivos, en sus diversas clases y actividades, establecidos en el Decreto 2055/1969, corresponderá a la Subsecretaría de la Marina Mercante del Ministerio de Comercio, según lo dispuesto en los puntos 1 y 2 del artículo H y en el artículo 24 del anterior Decreto.

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