Legislación › Orden de 20 de septiembre de 1974 sobre autorización a los Bancos privados para realizar ampliaciones de su capital social.
Primero.
Primero.
A efectos de lo dispuesto en el apartado b) del artículo 45 de la Ley de Ordenación Bancaria, de 31 de diciembre de 1946, se concede a los Bancos privados, incluso al Exterior de España, autorización genérica para realizar ampliaciones de su capital social.


