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Legislación › Decreto 2864/1974, de 30 de agosto, por el que se aprueba el Texto Refundido de las Leyes 116/1969, de 30 de diciembre, y 24/1972, de 21 de junio, por el que se regula el Régimen Especial de la Seguridad Social de los Trabajadores del Mar.

Art. 27.

Art. 27.

1. Las certificaciones de descubierto, así como las actas de liquidación correspondientes, se formularán adaptando a las peculiaridades de este Régimen Especial las normas que para el General se establecen respecto a tales materias en la Ley General de la Seguridad Social y en sus disposiciones reglamentarias. Igualmente se regirá por las normas aplicables en el Régimen General el procedimiento de recaudación en vía ejecutiva.

2. El Ministerio de Trabajo podrá conceder aplazamientos o fraccionamientos del pago de las cuotas de la Seguridad. Social de este Régimen Especial en la forma que legal o reglamentariamente se determine, sin que, en ningún caso, puedan dejar de ser ingresadas las cuotas detraídas por las Empresas a los trabajadores.

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