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Legislación › Resolución del Instituto Nacional para la Conservación de la Naturaleza por la que se dan normas complementarias a la Orden de 24 de enero de 1974 sobre ordenación zootécnico-sanitaria de Centros de Piscicultura privados, instalados en aguas continentales.

MODELO 2

MODELO 2

PROGRAMA DE PRODUCCION

(Deberá contener los siguientes epígrafes)

Centro de piscicultura o astacicultura.
Ubicación.
Propietario o representante.
Domicilio comercial.
1. Especie explotada.
Raza o variedad.
2. Procedencia de huevos o animales.
3. Capacidad de producción anual en kilogramos.
4. Controles zootécnicos que se llevan a cabo (pesos en las diferentes fases, calidad de productos, etc.).
5. Sistema de alimentación.
6. Procedimientos de higiene, prevención y tratamientos de enfermedades.
7. Finalidad a que se destinan los productos obtenidos.
8. Observaciones.

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