Legislación › Orden de 24 de enero de 1974 por la que se dictan normas sobre ordenación zootécnico-sanitaria de centros de piscicultura instalados en aguas continentales.
Artículo 20.
Artículo 20.
Las infracciones o el incumplimiento de cuanto se dispone en la presente Orden serán sancionadas con arreglo a lo dispuesto en la Ley y Reglamento de Pesca Fluvial y disposiciones concordantes,


